La prohibición de valoración de prueba en el recurso de casación penal en el Ecuador

Repositorio Institucional UMET

67000/777
 
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Resumen
La casación penal en Ecuador abre debates sobre si se debe valorar tanto los hechos como la prueba, dando a denotar que dentro del sistema procesal penal ecuatoriano se ha suscrito que la valoración de los hechos y prueba deben ser valorados en el recurso de apelación, sin embargo, la presente investigación muestra que la apreciación tradicional deberá cambiar, pues se demuestra que la inconformidad actual, es redimible. Dentro de la legislación penal del Ecuador se establece que en el recurso de casación únicamente se valoran errores de derecho, por lo tanto, se cierra la posibilidad de valoración de los hechos, así como la prueba. En tal virtud, el objetivo de la investigación es que esta posición frente al recurso cambie, para que de esta manera se logre una justicia que es el anhelo del estado constitucional de derechos y justicia consagrado en la Constitución. Hay que tener en cuenta que la Constitución de la República establece dentro de su artículo 1, que el Ecuador es un país de derechos y justicia, es decir se deberá garantizar los derechos de las personas dando como resultado la presente investigación, que es perfectamente viable que en casación se puedan valorar los hechos y como consecuencia de aquello la prueba cuando se denote que la sentencia expedida es arbitraria con la finalidad de garantizar la presunción de inocencia, así como, el in dubio pro reo, y que se le permita demostrar su inocencia o culpabilidad y de esta manera dar certeza de la sentencia.
Palabras Clave
Casación penal · Ecuador · Debates · Sistema procesal
Tipo de documentoTesis de Grado
LicenciaAcceso Abierto